
CANALES DE ATENCIÓN:
La Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca, ha dispuesto los siguientes canales de atención:
- Virtual: Formulario electrónico ingresando a la página web Institucional, Sistema de PQRSFD: "Registro de PQRSFD" (Modulo Servicio al cliente del aplicativo ISODOC).
Canales presenciales:
Formato Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias, Felicitaciones y/o Denuncias - PQRSFD - EFPFO-01, disponibles en los buzones ubicados en las diferentes instalaciones de la Universidad, o documentos escritos y radicados en la ventanilla de Correspondencia de la Universidad
Buzones ubicados en las instalaciones de la Universidad:
SEDE PRINCIPAL:
- Recepción.
- Polideportivo (área administrativa).
- Área de Salud.
- División Medio Universitario.
- Facultad Administración y Economía.
- Facultad Ciencias de la Salud.
SEDE DOS - Cursos de Extensión.
SEDE TRES - Facultad Derecho.
SEDE CUATRO - Facultad Arquitectura e Ingeniería.
SEDE SIETE - Centro Conciliación.
Línea telefónica: PBX. 601 2418800 Ext. 121 y 122, Secretaría General.
TÉRMINOS Y DEFINICIONES
- Petición/ Derecho de petición: según el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, es el derecho que tiene toda persona para presentar solicitudes respetuosas ante las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta solución sobre lo solicitado.
- Queja: Es la manifestación, por cualquier medio, de insatisfacción con la conducta, acción u omisión de los servidores públicos de la Universidad.
- Reclamo: Expresión de insatisfacción respecto a los trámites y/o servicios de la Universidad, que implica un requerimiento de compensación.
- Sugerencia: Propuesta presentada por una persona, para la mejora de la prestación de los servicios de la Universidad.
- Solicitud de información Es el requerimiento que hace un ciudadano (a) con el cual se busca indagar sobre un hecho, acto o situación administrativa que corresponde a la naturaleza y finalidad de la Entidad. Toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información de cualquier sujeto obligado y acceder a la información pública.
- Felicitación: Es la expresión positiva de una persona, que expresa satisfacción o admiración por alguna actuación de la Universidad.
- Denuncia por corrupción: es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, para que se adelante la correspondiente investigación penal, disciplinaria, fiscal, administrativa - sancionatoria o ético profesional. Es necesario que se indiquen las circunstancias de tiempo, modo y lugar, con el objeto de que se establezcan responsabilidades.
TÉRMINOS PARA ATENDER LAS DISTINTAS MODALIDADES DE PETICIONES
ARTÍCULO 14 de la LEY 1437 de 2011: Salvo norma legal especial y so pena de sanción disciplinaria, toda petición deberá resolverse dentro de los quince (15) días siguientes a su recepción.